El IVA en la compra de una vivienda nueva y el ITP en segunda mano 2022

Como diferenciar el tipo de impuesto a afrontar distinguiendo entre la compra de una casa de obra nueva o una de segunda mano.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es el tributo que grava casi todas las transacciones en España. Dependiendo del producto o bien, tiene un tipo impositivo. En este artículo, te explicamos todo lo que tienes que saber sobre el IVA en la compra de viviendas.

IVA de la vivienda 

El IVA es un impuesto que grava al consumo. Cuando se compra algo o se contrata un servicio, se paga el precio del bien, más impuestos. El tipo impositivo general del IVA es del 21%.

¿Cuánto es el IVA de una vivienda nueva 2022?

En 2022, el IVA que se paga por la compra de una vivienda de obra nueva es del 10% de su valor escriturado, salvo en Canarias, que se paga el 6,5% del Impuesto General Indirecto Canario. Este porcentaje se reduce hasta el 4% si la casa es de protección oficial o de promoción pública, aunque puede variar según la comunidad autónoma.

También se aplica IVA del 10% a los anexos que se compren con la casa de obra nueva, por ejemplo, las plazas de garaje (hasta un máximo de dos) y el trastero.

¿Cuándo se paga el IVA en la compra de una vivienda?

El comprador de la casa paga el IVA en el momento de la transmisión de la vivienda, es decir, en el momento en el que se firman las escrituras. 

¿Cuál es el IVA de la vivienda de segunda mano?

En la compra de vivienda de segunda mano no hay que pagar IVA. En cambio, hay que afrontar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). El porcentaje de este tributo depende de las comunidades autónomas, que va desde el 4% del País Vasco, hasta el 10%, de comunidades como Galicia o Valencia.

El ITP lo tiene que abonar el comprador, que deberá presentar el modelo 600 de autoliquidación en la sede de Hacienda donde se ubique la vivienda. Dispondrá de un plazo de 30 días desde la firma de la escritura de compraventa. 

¿Qué gastos tiene la compra de una vivienda de segunda mano?

En el caso de las operaciones de compraventa de segunda mano, habría que hacer frente a los siguientes gastos:

  • Tasación (no se paga si no se pide hipoteca): El precio suele rondar los 300 euros.
  • Notaría: Los honorarios de los notarios, denominados aranceles, están regulados por el Estado. En el caso del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, los precios se mueven entre los 600 y 875 euros, dependiendo del precio de la vivienda.
  • Registro de la Propiedad: El precio de la inscripción depende del valor que se asigne a la vivienda en las escrituras, la ubicación de la misma y sus características. A esto se le llama valor registral. Los honorarios de los registradores de la propiedad están fijados por el Arancel de los Registradores de la Propiedad, que establecen el máximo que pueden cobrar. El precio del registro medio se sitúa entre los 600 y 1.000 euros y nunca será inferior a 24,04 euros ni superior a 2.181,67 euros
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: La cantidad depende de la comunidad autónoma, siendo el 4% el tipo más bajo y 10% el más alto.
  • Gestoría: Es un gasto opcional que el cliente puede contratar para que le ayude con el papeleo de la operación.

El IVA en la reforma de una vivienda

En el caso del IVA en las reformas de vivienda, hay dos tipos impositivos, 10% y 21%. Este porcentaje depende de para quién se emita la factura. Si es el propietario de la casa quien contrata los servicios de un profesional, el IVA será del 10%. En cambio, si es una compañía la que se hace cargo de la contratación, el IVA será del 21%.

IVA al construirte tu propia casa

Aquellas personas que construyan su propia casa, es decir, que contraten ellos al arquitecto, constructora, etc., tienen que pagar el 10% de IVA del valor final. A esto se le denomina el IVA de la autopromoción.

IVA al compra un local comercial de obra nueva

En el caso de los locales comerciales, habrá que pagar un 21% de IVA. También se aplicará el 21% a las plazas de garaje si se adquieren más de dos.

IVA en el alquiler de una vivienda

El alquiler de vivienda no tiene IVA. El arrendamiento de casas está sujeto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), competencia de las comunidades autónomas y exento si se trata de un arrendamiento para uso estable y permanente

Nuestro equipo de asesores lo espera para bridarle toda la información necesaria a la hora de realizar la compra venta de un inmueble. No dude en consultarnos!!

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